Mediante esta Política de Cumplimiento, el Órgano de Administración y la Dirección General de la Organización ratifican su firme compromiso con el cumplimiento de las normas que le son aplicables, así como con los valores y estándares éticos de la organización, y definen, a tal efecto, su marco de principios de cumplimiento.
El propósito de esta Política es establecer las bases de actuación para la identificación y gestión de los riesgos que afectan a la Organización, con el fin de prevenir la comisión de delitos en su seno. La Política de Cumplimiento está alineada con la cultura de cumplimiento y respeto por las normas de la Organización, así como con los principios y valores que defiende y promueve; entre otros: integridad, transparencia, igualdad de trato y respeto hacia los demás.
Como norma de alto nivel, esta Política permite el desarrollo de políticas específicas de cumplimiento que desarrollen y amplíen su contenido.
El propósito de esta Política Anticorrupción es servir como herramienta para la prevención de aquellas conductas relacionadas con la corrupción o tipificadas como delito relacionado con la corrupción tanto en el sector público como en el privado, dentro de SPAIN STARTUP AND INVESTORS SERVICES S.L. (SOUTH SUMMIT) (en adelante, «la Organización»).
La Organización, mediante la adopción de esta Política y en conjunto con el Código Ético, asume el compromiso de implementar la cultura de cumplimiento normativo y de garantizar la transparencia y la legalidad no solo dentro de ella, sino en todas sus transacciones comerciales.
El propósito y los objetivos fundamentales de este Código Ético son los siguientes:
Establecer los valores fundamentales, principios rectores y normas de conducta que deben regir el desempeño y comportamiento de los profesionales de la Organización, es decir, los estándares éticos que actuarán como pautas que deben guiar nuestra forma de proceder y nuestra cultura corporativa.
Prevenir cualquier violación, infracción o incumplimiento de la legislación vigente, de este Código Ético o de las políticas, procedimientos o instrucciones internas de la Organización, que pudiera generar daños graves, no solo desde un punto de vista legal o económico, sino también afectar nuestra marca, imagen y reputación.
Promover entre nuestros grupos de interés pautas de comportamiento coherentes y alineadas con los valores fundamentales, principios rectores y estándares de conducta de la Organización, fomentando el desarrollo e implementación de programas de ética y cumplimiento y garantizando su adhesión a nuestro Código Ético.
SPAIN STARTUP AND INVESTOR SERVICES S.L. (SOUTH SUMMIT), ha implementado un Canal Interno de Información a través de este enlace.
En este sentido, se informa a todos nuestros grupos de interés de la existencia de este medio de comunicación a través del cual se podrá comunicar la sospecha de conductas ilícitas o irregulares contrarias al ordenamiento jurídico, la legislación vigente o las normas internas de la Organización, así como actos que puedan ir en contra de los valores y principios éticos que rigen su actividad.
De esta forma, a través del Canal Interno de Información se podrán comunicar sospechas de conductas relacionadas con delitos económicos (fraude, corrupción, contra la Hacienda Pública, etc.), conductas de acoso laboral, sexual o por razón de sexo, delito de blanqueo de capitales, trato injusto o discriminatorio, etc. En caso de duda o consulta sobre cualquier aspecto relacionado con el Canal Interno de Información, los interesados podrán ponerse en contacto con los miembros del Comité de Cumplimiento.
En ningún caso es un medio de comunicación para transmitir quejas, ya que estas deberán ser transmitidas por otros medios habilitados a tal efecto. Asimismo, aquellos denunciantes de mala fe que presenten denuncias o delaciones falsas que tengan como único fin menoscabar la reputación de la empresa o de cualquiera de sus profesionales, serán objeto de los correspondientes procedimientos disciplinarios y sanciones de conformidad con la legislación laboral vigente en cada momento y el convenio colectivo que resulte de aplicación.
A estos efectos, la Política de Uso y Funcionamiento del Canal Interno de Información es donde se expone el procedimiento de presentación de la denuncia, así como la tramitación, investigación y resolución de la misma con el fin de que todos ellos firmen el Anexo al aceptar y comprometerse a cumplir con lo estipulado en el mismo.